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Soluciones Administrativas en Salud

Antes de cerrar su periodo, el Ministerio de Salud publicó la Circular 013 de 2022, documento que contiene el listado de los medicamentos sujetos al régimen de control directo de precios, define su precio máximo de venta y el precio por unidad de regulación de Medicamentos Vitales No Disponibles. En 2021, la regulación al precio se publicó en la Circular 012, la cual incluía 2.489 de estos productos.

Cabe recordar que, a través de los recursos de la Unidad de Pago por Capitación – UPC se financian 912 grupos relevantes, pasando del 60.8% al 87.35% aproximadamente del total de los Códigos Únicos de Medicamentos — CUMS autorizados y al 89,14% tras incluir las formas farmacéuticas de la estrategia de Análisis de Impacto Presupuestal — AlP, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 2292 de 2021.

Ingresos de las EPS están sobreestimados, advierte estudio

De acuerdo con un estudio de la firma Numeris para ACEMI, gremio que reúne a las EPS del sector privado, se detectó una grave insuficiencia en los recursos y en particular de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). De hecho, de acuerdo con el análisis, por cada $100 que recibieron las EPS en 2022 se debió pagar $102 en costos asociados a la prestación de servicios de salud.

Reforma de la salud: aprobada en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes

Durante el debate que continuó este martes en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, se terminó de aprobar el total del articulado que propone reformar el sistema de salud en Colombia. Se eliminaron 9 artículos, se incluyeron 14 nuevos numerales y se modificó el polémico 123 sobre el acto médico.

Reforma a la salud en Colombia: ¿Qué sigue sin coalición política?

La reforma a la salud en Colombia avanza lento. Este martes 25 de abril la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, luego de aprobar la ponencia positiva, levantó sesión.
Por falta de quorum, pero con la primera pelea ganada, la reforma a la salud en Colombia, de momento, sigue lo dispuesto por el gobierno del presidente Gustavo Petro.

Reforma de la salud: médicos señalan lo bueno y cuestionable de la ponencia

La reforma de la salud continúa generando debate entre los distintos actores involucrados. Esta vez quienes se pronunciaron fueron las asociaciones de profesiones de la salud e instituciones médicas que hicieron parte de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, la cual consolidó la salud como un derecho fundamental en Colombia.

Cambia la habilitación de servicios de salud – Res. 544 de 2023

El Ministerio de Salud ha publicado la Resolución 544 de 2023, normativa que modifica ciertos aspectos sobre la inscripción de prestadores y la habilitación de servicios de salud y por tanto, representa un cambio a la Resolución 3100 de 2019 en la que los lineamientos fueron presentados originalmente, así como a las modificatorias.

En relación con la inscripción de prestadores, la autoridad sanitaria estima necesario ajustar varios elementos como las condiciones que deben cumplir para su entrada y permanencia en el Sistema Único de Habilitación del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud — SOGCS

 Desabastecimiento y Desinformacion

Las informaciones sobre desabastecimiento o escasez de medicamentos difundidas a través de algunos medios de comunicación, han pasado por alto algunos elementos esenciales para un análisis más preciso sobre la realidad del país y para evitar el miedo y la incertidumbre ciudadana. Con este propósito, el Ministerio de Salud y Protección Social pone en conocimiento de la ciudadanía el informe de la gestión realizada desde esta cartera, en coordinación con el INVIMA, para enfrentar el tema en mención.

Minsalud destinará $3.5 billones para mejoramiento de hospitales públicos

Durante una audiencia pública realizada en la sede de la Universidad del Tolima, el Ministerio de Salud (Minsalud) anunció que destinará $3.5 billones para fortalecer varios hospitales públicos del país, monto del que la cartera sanitaria asumirá la deuda con vigencias futuras.

“Entes territoriales asumirían funciones de las EPS” – Procuraduría

La Procuraduría General de la Nación (PGN) emitió una advertencia dirigida a los entes territoriales sobre la carga que deberán asumir tras las reforma a la salud, ya que les serían asignadas varias labores que hoy están en manos de las EPS.

Hay consenso sobre la reforma a la salud: el sistema sería mixto

Se conoció que el presidente Gustavo Petro llegó a un acuerdo sobre la reforma a la salud con dos de los partidos políticos, De la U y Conservador, días después de entregarle una contrapropuesta realizada en colectivo con el Partido Liberal. Así lo anunciaron el presidente Gustavo Petro, Dilian Francisca Toro y Efraín Cepeda en declaraciones a medios de comunicación.

Abren investigación al Minsalud y el Invima por desabastecimiento de medicamentos

Ante la reciente alerta de las EPS sobre el desabastecimiento de medicamentos y pese a la respuesta del Minsalud sobre el tema, la Procuraduría General de la Nación advirtió sobre el posible incremento de la morbimortalidad en el territorio nacional como consecuencia de este fenómeno.

Teniendo en cuenta lo anterior, las disposiciones aplican a los fabricantes, importadores, comercializadores, titulares de registro de medicamentos, así como prestadores de servicios de salud de todos los regímenes, incluyendo los regímenes especiales y de excepción.

Aspectos clave sobre el precio de medicamentos en Colombia

 

De acuerdo con la Circular 013 de 2022, los actores del sistema de salud deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:

– El precio máximo de los medicamentos integrados al régimen directo de control de precios ya contempla los factores de ajuste o promedio identificado en los países de referencia entre el punto ex fábrica y el punto mayorista. Como resultado, se estableció el 7.08%.

– Para los medicamentos de mercados relevantes, éstos estarán sujetos a monitoreo por parte de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos – CNPMDM, teniendo en cuenta la diferencia entre el precio de referencia internacional (PRI) y el precio de referencia nacional (PRN), el comportamiento estable de los precios en el mercado.  En total, 179 medicamentos sujetos a este lineamiento.

LA JUSTICIA DEL DINERO (1)

Si se evidencian incrementos injustificados en los precios por encima de la variación del IPC transcurrido desde el periodo de referencia de la presente circular hasta el inicio del periodo de análisis, la Comisión podrá fijar como Precio Máximo de Venta, una fracción del PRI, la cual será equivalente al Precio de Referencia Nacional – PRN, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral b) literal ii del artículo 19 de la Circular 03 de 2013.

En cuanto al precio por unidad de regulación de mercados relevantes sometidos a la metodología de la Circular 03 de 2013, el valor se definió para las operaciones realizadas en las transacciones institucionales. Los precios de presentaciones comerciales no mencionadas, al igual que las nuevas presentaciones comerciales de medicamentos deberán tener en cuenta lo referente al monitoreo de precios. De acuerdo con la circular, se regularizó el precio para 639 de estos productos.

SEGUROS DE VIDA (1)

En los casos en los que el principio activo regulado se encuentre registrado ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA con código ATC que no coincida con el asignado por el Grupo de Investigación del Uso de Fármacos, en inglés, la Drug Utilization Research Group, de la Organización Mundial de la Salud -OMS, para efectos regulatorios se tomará en cuenta la descripción del principio activo incluida en el registro sanitario.

Para los mercados mercados relevantes, financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación – UPC sin indicaciones condicionadas, uno de los cambios fundamentales es la eliminación del precio de referencia, alternativa que había sido aplicada para este grupo. La disposición se considera como la puerta de entrada a nuevos medicamentos que cumplan con los requisitos establecidos.

Ajustes a los precios de Medicamentos Vitales No Disponibles

En el documento, únicamente se estableció el Precio Máximo de Venta por unidad de regulaciónpara las operaciones realizadas asignados a la salud para el Tolvaptan – Sólido – Oral, al cual se asignó como precio por unidad mínima de regulación 5.960,04 y se definió como dicha unidad mínima a miligramos (mg).

Para los medicamentos regulados anteriormente por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, se realizó un ejercicio de referenciación para aquellos que no habían sido actualizados.

Disposiciones adicionales para las IPS

Según la Circular 013 de 2022, los prestadores de servicios podrán podrán ajustar el precio regulado a los medicamentos así:

  • Para las presentaciones comerciales con Precio Máximo de Venta menor o igual a $1.000.000, podrán adicionar un porcentaje de hasta el 7%.
  • Para las presentaciones comerciales con Precio Máximo de Venta mayor a $1.000.000, podrán adicionar un porcentaje de hasta el 3.5%.

Dicho margen es exclusivamente para reconocer el valor que las IPS agregan a la cadena de distribución de los medicamentos. La Comisión observará el comportamiento de los precios de los medicamentos regulados y adoptará, en el marco de sus competencias, las medidas que sean del caso, con el fin de asegurar que, de adicionarse dicho margen al precio, se haga exclusivamente por parte de las IPS.

Finalmente, la circular especifica que El Precio Máximo de Venta de los medicamentos listados serán el máximo permitido para realizar operaciones en la cadena de comercialización y ningún actor de la cadena que realice operaciones en las transacciones institucionales y comerciales definidas en el artículo 2 de la Circular 06 de 2018, podrán sobrepasar el precio regulado.

Lo dispuesto en el presente artículo no aplicará en las transacciones comerciales establecidas en la Circular 03 de 2013. Sin perjuicio de la libertad de precios para farmacias—droguerías y droguerías, la Comisión observará el comportamiento de los precios con el fin de garantizar que las reducciones se trasladen al consumidor final.

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