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Soluciones Administrativas en Salud
El Ministerio de Salud expidió el proyecto de resolución con los campos de la factura electrónica de venta en salud, cómo se generará y su proceso de radicación ante el pagador.

las entidades responsables de pago y demás pagadores no podrán exigir, ni incluir campos de datos adicionales, ni modificar los ya definidos

El Ministerio de Salud publicó el proyecto de resolución que adopta el Anexo Técnico “Campos de datos adicionales del sector salud incluidos en la generación de la factura electrónica de venta”, que contiene los campos de datos en formato XML como requisitos adicionales que deberán cumplir los actores del sector salud en la generación de la factura electrónica de venta.

Ingresos de las EPS están sobreestimados, advierte estudio

De acuerdo con un estudio de la firma Numeris para ACEMI, gremio que reúne a las EPS del sector privado, se detectó una grave insuficiencia en los recursos y en particular de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). De hecho, de acuerdo con el análisis, por cada $100 que recibieron las EPS en 2022 se debió pagar $102 en costos asociados a la prestación de servicios de salud.

Reforma de la salud: aprobada en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes

Durante el debate que continuó este martes en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, se terminó de aprobar el total del articulado que propone reformar el sistema de salud en Colombia. Se eliminaron 9 artículos, se incluyeron 14 nuevos numerales y se modificó el polémico 123 sobre el acto médico.

Reforma a la salud en Colombia: ¿Qué sigue sin coalición política?

La reforma a la salud en Colombia avanza lento. Este martes 25 de abril la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, luego de aprobar la ponencia positiva, levantó sesión.
Por falta de quorum, pero con la primera pelea ganada, la reforma a la salud en Colombia, de momento, sigue lo dispuesto por el gobierno del presidente Gustavo Petro.

Reforma de la salud: médicos señalan lo bueno y cuestionable de la ponencia

La reforma de la salud continúa generando debate entre los distintos actores involucrados. Esta vez quienes se pronunciaron fueron las asociaciones de profesiones de la salud e instituciones médicas que hicieron parte de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, la cual consolidó la salud como un derecho fundamental en Colombia.

Cambia la habilitación de servicios de salud – Res. 544 de 2023

El Ministerio de Salud ha publicado la Resolución 544 de 2023, normativa que modifica ciertos aspectos sobre la inscripción de prestadores y la habilitación de servicios de salud y por tanto, representa un cambio a la Resolución 3100 de 2019 en la que los lineamientos fueron presentados originalmente, así como a las modificatorias.

En relación con la inscripción de prestadores, la autoridad sanitaria estima necesario ajustar varios elementos como las condiciones que deben cumplir para su entrada y permanencia en el Sistema Único de Habilitación del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud — SOGCS

 Desabastecimiento y Desinformacion

Las informaciones sobre desabastecimiento o escasez de medicamentos difundidas a través de algunos medios de comunicación, han pasado por alto algunos elementos esenciales para un análisis más preciso sobre la realidad del país y para evitar el miedo y la incertidumbre ciudadana. Con este propósito, el Ministerio de Salud y Protección Social pone en conocimiento de la ciudadanía el informe de la gestión realizada desde esta cartera, en coordinación con el INVIMA, para enfrentar el tema en mención.

Minsalud destinará $3.5 billones para mejoramiento de hospitales públicos

Durante una audiencia pública realizada en la sede de la Universidad del Tolima, el Ministerio de Salud (Minsalud) anunció que destinará $3.5 billones para fortalecer varios hospitales públicos del país, monto del que la cartera sanitaria asumirá la deuda con vigencias futuras.

“Entes territoriales asumirían funciones de las EPS” – Procuraduría

La Procuraduría General de la Nación (PGN) emitió una advertencia dirigida a los entes territoriales sobre la carga que deberán asumir tras las reforma a la salud, ya que les serían asignadas varias labores que hoy están en manos de las EPS.

Hay consenso sobre la reforma a la salud: el sistema sería mixto

Se conoció que el presidente Gustavo Petro llegó a un acuerdo sobre la reforma a la salud con dos de los partidos políticos, De la U y Conservador, días después de entregarle una contrapropuesta realizada en colectivo con el Partido Liberal. Así lo anunciaron el presidente Gustavo Petro, Dilian Francisca Toro y Efraín Cepeda en declaraciones a medios de comunicación.

Abren investigación al Minsalud y el Invima por desabastecimiento de medicamentos

Ante la reciente alerta de las EPS sobre el desabastecimiento de medicamentos y pese a la respuesta del Minsalud sobre el tema, la Procuraduría General de la Nación advirtió sobre el posible incremento de la morbimortalidad en el territorio nacional como consecuencia de este fenómeno.

Estableciendo que se debe incluir el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud –RIPS como soporte para el trámite de la Factura Electrónica de Venta -FEV en salud y se mencionan los criterios para para su implementación, radicación y trámite.

¿Dónde puedo descargar el Certificado Digital de Vacunación?

Se puede descargar en www.mivacuna.sispro.gov.co

El anexo técnico estará disponible en el siguiente vínculo: http://url.minsalud.gov.co/facturacion-electronica y deberá ser adoptado por los facturadores electrónicos del sector salud a más tardar el 1 de julio de 2022. Se entienden como facturadores electrónicos del sector salud – FES, las entidades encargadas de la prestación o provisión de servicios y tecnologías de salud relacionadas en los numerales 1, 2 y 3:

MUNICIPIOS SION TAPABOCAS (1)

  1. Los prestadores de servicios de salud – PSS.

  2. Los proveedores de tecnologías en salud – PTS.

  3. Las entidades que en el marco de sus funciones legales deban entregar los datos del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud – RIPS al Sistema de General de Seguridad Social en Salud.

Pero las disposiciones deben ser también acatadas por los siguientes actores.

  1. Las entidades promotoras de salud – EPS.

  2. Las entidades adaptadas.

  3. Las entidades territoriales.

  4. Las administradoras de riesgos laborales – ARL en el componente salud.

  5. Las compañías de seguros autorizadas para ofrecer pólizas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT

  6. Las entidades que ofrecen planes voluntarios de salud.

  7. La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES.

  8. Las entidades de régimen especial y de excepción.

Trazabilidad de la factura electrónica de venta de los servicios y tecnologías de salud

 

Para efectos de la trazabilidad de la factura de venta de los servicios y tecnologías de salud, y teniendo en cuenta que la factura electrónica de venta con validación previa, así como los documentos equivalentes, notas crédito, notas débito y demás instrumentos electrónicos son trasmitidas con el documento electrónico de validación al adquirente, éstos deberán enviarse al Ministerio de Salud en los términos y condiciones técnicas que este determine.

Fuentes de información para diligenciar la FEV

 

La fuente de información para el diligenciamiento de los campos de datos adicionales del sector salud en el formato XML, serán el RIPS y los acuerdos de voluntades suscritos entre los facturadores electrónicos y las EPS, entidades adaptadas, ARL en el componente salud, secretarias de salud del orden departamental, distrital o municipal, compañías de seguros autorizadas para ofrecer el SOAT, entidades que ofrecen planes voluntarios de salud y demás pagadores.

Una vez validada la factura electronica de venta en salud por parte de la DIAN, y considerando al RIPS como parte de la factura electrónica de venta, estos deben ser presentados por parte del FES en una sola entrega a las ERP o demás pagadores y al Ministerio de Salud, en los términos y condiciones técnicas que defina el Ministerio. Los demás soportes requeridos en la normatividad legal vigente deben ser presentados junto con la FEV y los RIPS a la entidad responsable de pago o demás pagadores según corresponda.

HISTIORIA CLINICA DIGITAL EN COLOMBIA (1)

La información de que trata el Anexo Técnico “Campos de datos adicionales del sector salud incluidos en la generación de la factura electrónica de venta”, deberá ser consistente con la representación gráfica de la factura de venta y con la información reportada en el RIPS como soporte de esta, en lo que aplique.

Sin embargo, en caso de no existir contrato, las ERP y demás pagadores deben suministrar la información para el diligenciamiento de los campos de datos adicionales del sector salud, que le sea requerida por el FES.

Adicionalmente, los campos de datos relacionados con la identificación de los usuarios y el detalle administrativo y asistencial de los servicios y tecnologías de salud objeto de FEV, estarán contenidos en el RIPS, guardando la respectiva integridad referencial con la factura, los cuales serán entregados como soporte para la radicación y el inicio del trámite de pago la factura electrónica en salud.

Cabe mencionar, que las entidades responsables de pago y demás pagadores no podrán exigir, ni incluir campos de datos adicionales, ni modificar los ya definidos y su incumplimiento dará lugar a las investigaciones y medidas que determinen las entidades de inspección, vigilancia y control.

¿Cómo se radica la factura electrónica de venta en salud?

 

Con la entrega de la FEV en salud, el RIPS y los demás soportes determinados en la normatividad vigente a la entidad responsable de pago o demás pagadores, se debe generar de manera inmediata el número único de radicación al conjunto de información recibida, momento a partir del cual la factura de venta en salud se entenderá radicada, procediendo el trámite de la misma en el plazo establecido en la Ley. Una vez generado el número único de radicación y su correspondiente fecha y hora de radicación, deben ser informados al facturador conforme al mecanismo establecido para el efecto por las partes.

A partir de la fecha de expedición de la FEV con validación previa de la DIAN, los FES tendrán los treinta (30) días hábiles siguientes para la radicación ante las entidades responsables del pago y demás pagadores, de la factura en salud, el RIPS y los demás soportes determinados en la normatividad vigente. Vencido este plazo sin que se realice la radicación, procederá por parte del FES la anulación de dicha FEV en salud.

Finalmente, en los casos de FEV en salud relacionadas con contratos bajo la modalidad de pago por capitación, en virtud del pago anticipado de la FEV en salud, la primera factura en salud de dicho contrato no incluirá el RIPS para su radicación y trámite. Para la radicación de la segunda FEV en salud será requisito haber entregado a la ERP o demás pagadores, los RIPS y demás soportes de la primera FEV en salud de dicho contrato y así sucesivamente para las demás.

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