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Soluciones Administrativas en Salud

Antes de la posesión del nuevo gobierno, se expidió el Decreto 1652 de 2022 que presenta ajustes al concepto de copagos, cuotas moderadoras y pagos moderadoras dentro del sistema de salud. En concreto, la normativa determina el régimen aplicable para que las EPS y las entidades adaptadas efectúen cobros por los pagos referidos anteriormente.

Cabe recordar que uno de los últimos cambios hechos a los copagos y cuotas moderadoras fue la inclusión de los grupos actualizados en el SISBÉN IV, entendiéndose a los grupos A1 a B7 como nivel 1 y a los grupos C1 a C18 como el nivel , siendo los afiliados al régimen subsidiado de este último grupo aquellos obligados a cancelar copagos.

Ingresos de las EPS están sobreestimados, advierte estudio

De acuerdo con un estudio de la firma Numeris para ACEMI, gremio que reúne a las EPS del sector privado, se detectó una grave insuficiencia en los recursos y en particular de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). De hecho, de acuerdo con el análisis, por cada $100 que recibieron las EPS en 2022 se debió pagar $102 en costos asociados a la prestación de servicios de salud.

Reforma de la salud: aprobada en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes

Durante el debate que continuó este martes en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, se terminó de aprobar el total del articulado que propone reformar el sistema de salud en Colombia. Se eliminaron 9 artículos, se incluyeron 14 nuevos numerales y se modificó el polémico 123 sobre el acto médico.

Reforma a la salud en Colombia: ¿Qué sigue sin coalición política?

La reforma a la salud en Colombia avanza lento. Este martes 25 de abril la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, luego de aprobar la ponencia positiva, levantó sesión.
Por falta de quorum, pero con la primera pelea ganada, la reforma a la salud en Colombia, de momento, sigue lo dispuesto por el gobierno del presidente Gustavo Petro.

Reforma de la salud: médicos señalan lo bueno y cuestionable de la ponencia

La reforma de la salud continúa generando debate entre los distintos actores involucrados. Esta vez quienes se pronunciaron fueron las asociaciones de profesiones de la salud e instituciones médicas que hicieron parte de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, la cual consolidó la salud como un derecho fundamental en Colombia.

Cambia la habilitación de servicios de salud – Res. 544 de 2023

El Ministerio de Salud ha publicado la Resolución 544 de 2023, normativa que modifica ciertos aspectos sobre la inscripción de prestadores y la habilitación de servicios de salud y por tanto, representa un cambio a la Resolución 3100 de 2019 en la que los lineamientos fueron presentados originalmente, así como a las modificatorias.

En relación con la inscripción de prestadores, la autoridad sanitaria estima necesario ajustar varios elementos como las condiciones que deben cumplir para su entrada y permanencia en el Sistema Único de Habilitación del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud — SOGCS

 Desabastecimiento y Desinformacion

Las informaciones sobre desabastecimiento o escasez de medicamentos difundidas a través de algunos medios de comunicación, han pasado por alto algunos elementos esenciales para un análisis más preciso sobre la realidad del país y para evitar el miedo y la incertidumbre ciudadana. Con este propósito, el Ministerio de Salud y Protección Social pone en conocimiento de la ciudadanía el informe de la gestión realizada desde esta cartera, en coordinación con el INVIMA, para enfrentar el tema en mención.

Minsalud destinará $3.5 billones para mejoramiento de hospitales públicos

Durante una audiencia pública realizada en la sede de la Universidad del Tolima, el Ministerio de Salud (Minsalud) anunció que destinará $3.5 billones para fortalecer varios hospitales públicos del país, monto del que la cartera sanitaria asumirá la deuda con vigencias futuras.

“Entes territoriales asumirían funciones de las EPS” – Procuraduría

La Procuraduría General de la Nación (PGN) emitió una advertencia dirigida a los entes territoriales sobre la carga que deberán asumir tras las reforma a la salud, ya que les serían asignadas varias labores que hoy están en manos de las EPS.

Hay consenso sobre la reforma a la salud: el sistema sería mixto

Se conoció que el presidente Gustavo Petro llegó a un acuerdo sobre la reforma a la salud con dos de los partidos políticos, De la U y Conservador, días después de entregarle una contrapropuesta realizada en colectivo con el Partido Liberal. Así lo anunciaron el presidente Gustavo Petro, Dilian Francisca Toro y Efraín Cepeda en declaraciones a medios de comunicación.

Abren investigación al Minsalud y el Invima por desabastecimiento de medicamentos

Ante la reciente alerta de las EPS sobre el desabastecimiento de medicamentos y pese a la respuesta del Minsalud sobre el tema, la Procuraduría General de la Nación advirtió sobre el posible incremento de la morbimortalidad en el territorio nacional como consecuencia de este fenómeno.

En ese aspecto, el Ministerio de Salud actualizará periódicamente los montos de estos conceptos teniendo en cuenta varios criterios, entre los que se encuentran: el nivel socioeconómico de los usuarios, los servicios a los que serán aplicables, la frecuencia de uso de los servicios y tecnologías en salud, el costo de estos y la inflación.

De acuerdo con el Decreto 1652 de 2022, los pagos compartidos (copagos) y cuotas moderadoras se aplicarán según el ingreso base de cotización del afiliado cotizante, reportado al momento de la prestación de los servicios de salud y según la progresividad del nivel socioeconómico; es decir: a mayor nivel de ingresos del afiliado será mayor el cobro de copago y cuota moderadora.

Sin embargo, si en el núcleo familiar existe más de un cotizante por núcleo familiar, se tomará el menor ingreso base de cotización para el cobro de cuotas moderadoras y copagos.

LA JUSTICIA DEL DINERO (1)

Estos son los servicios a los que aplica el cobro de cuotas moderadoras y copagos

Las cuotas moderadoras se cancelarán por cada usuario al momento de utilización, de manera independiente para los servicios que se enlistan a continuación:

  • Consulta externa general médica y odontológica, registrada en las categorías 89.0.2., 89.0.3. Y 89.0.4. de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud ­ CUPS.
  • Consulta externa especializada médica y odontológica, registrada en las categorías 89.0.2., 89.0.3. Y 89.0.4. de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud ­ CUPS, incluyendo la consulta en medicina alternativa aceptada conforme las normas vigentes en el país.
  • Consulta externa por nutricionista, optometría, foniatría y fonoaudiología, fisioterapia, terapia respiratoria, terapia ocupacional y psicología, registrada en las categorías 89.0.2., 89.0.3. Y 89.0.4. de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud -CUPS.
  • Fórmula de medicamentos para tratamientos ambulatorios. La cuota moderadora se cobrará por la totalidad de la orden’ expedida en una misma consulta, independientemente del número de ítems incluidos.
  • Exámenes de diagnóstico por imagenología registrados en el Grupo 90 en los CUPS, ordenados en forma ambulatoria. La cuota moderadora se cobrará por la totalidad de la orden expedida en una misma consulta, independientemente del número de ítems incluidos en ella.
  • Exámenes de diagnóstico por imagenología correspondientes a radiología general y ecografías, registrados en el subgrupo 87 al 87.3 y 88. 1, ordenados en forma ambulatoria, excepto cuando hagan parte integral de un procedimiento quirúrgico ambulatorio sujeto al cobro de copago. La cuota moderadora se cobrará por la totalidad de la orden expedida en una misma consulta, independientemente del número de ítems incluidos en ella.
  • Atención en el servicio de urgencias única y exclusivamente cuando se trate de pacientes clasificados en las categorías de triage IV y V conforme la Resolución 5596 de 2015. No se podrá exigir el pago anticipado de la cuota moderadora como condición para la atención en los servicios de urgencias.
SEGUROS DE VIDA (1)

En el caso de los servicios sujetos a copagos, deberán aplicarse a todos los servicios y tecnologías en salud a que tienen derecho los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, incluidos los servicios complementarios identificados en la herramienta tecnológica MIPRES o los sujetos al pago de cuota moderadora.

Para los tratamientos ambulatorias o que se lleva a cabo en varias sesiones, como los procedimientos odontológicos y de terapias para la rehabilitación estarán sujetos al cobro de un copago por la totalidad del tratamiento. Este copago podrá ser cancelado proporcionalmente por cada sesión, si el paciente lo solicita.

¿Se mantienen las excepciones a las cuotas moderadoras y los copagos?

 

Sí, el Decreto 1652 de 2022 mantiene las excepciones a las cuotas moderadoras y los copagos en el sistema de salud. Se mantienen como exentos de cuotas a los afiliados del régimen subsidiado, afiliados al régimen contributivo que deban someterse a prescripciones regulares (diabetes mellitus I y II, atención de pacientes con hipertensión arterial, pacientes con enfermedades huérfanas y ultra huérfanas, pacientes con EPOC, entre otros).

También quedan exceptuadas las intervenciones individuales de las Rutas Integrales de Atención en Salud y atenciones de enfermedades transmisibles de interés en salud pública, así como intervenciones de la RIA materno-perinatal.

En cuanto a los copagos, se exceptúan eventos y servicios de alto costo en los regímenes contributivo y subsidiado, atención integral para trasplante (renal, corazón, hígado, médula ósea, páncreas, pulmón, intestino, multivisceral y córnea), insuficiencia renal (aguda y crónica), manejo quirúrgico de afecciones del sistema nervioso central, atención integral para reemplazos articulares, atención integral de pacientes afectados con quemaduras de gran nivel, atenciones para el manejo de trauma mayor, pacientes con cáncer, VIH/Sida, manejo de pacientes en UCI, entre otros.

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