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Soluciones Administrativas en Salud
El Ministerio de Salud oficializó las condiciones para la generación y radicación de la factura electrónica de venta en el sector salud así como los campos que esta contendrá.

La fuente de información para el diligenciamiento de los campos de datos adicionales del sector salud en el formato XML, será el RIPS y también los acuerdos de voluntades suscritos entre los facturadores electrónicos y las EPS

A través de la Resolución 510 de 2022 el Ministerio de Salud adopta los campos adicionales en formato XML para la generación de la factura electrónica de venta del sector salud, ésta estará a su vez articulada con el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud -RIPS- como soporte de la factura.

Ingresos de las EPS están sobreestimados, advierte estudio

De acuerdo con un estudio de la firma Numeris para ACEMI, gremio que reúne a las EPS del sector privado, se detectó una grave insuficiencia en los recursos y en particular de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). De hecho, de acuerdo con el análisis, por cada $100 que recibieron las EPS en 2022 se debió pagar $102 en costos asociados a la prestación de servicios de salud.

Reforma de la salud: aprobada en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes

Durante el debate que continuó este martes en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, se terminó de aprobar el total del articulado que propone reformar el sistema de salud en Colombia. Se eliminaron 9 artículos, se incluyeron 14 nuevos numerales y se modificó el polémico 123 sobre el acto médico.

Reforma a la salud en Colombia: ¿Qué sigue sin coalición política?

La reforma a la salud en Colombia avanza lento. Este martes 25 de abril la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, luego de aprobar la ponencia positiva, levantó sesión.
Por falta de quorum, pero con la primera pelea ganada, la reforma a la salud en Colombia, de momento, sigue lo dispuesto por el gobierno del presidente Gustavo Petro.

Reforma de la salud: médicos señalan lo bueno y cuestionable de la ponencia

La reforma de la salud continúa generando debate entre los distintos actores involucrados. Esta vez quienes se pronunciaron fueron las asociaciones de profesiones de la salud e instituciones médicas que hicieron parte de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, la cual consolidó la salud como un derecho fundamental en Colombia.

Cambia la habilitación de servicios de salud – Res. 544 de 2023

El Ministerio de Salud ha publicado la Resolución 544 de 2023, normativa que modifica ciertos aspectos sobre la inscripción de prestadores y la habilitación de servicios de salud y por tanto, representa un cambio a la Resolución 3100 de 2019 en la que los lineamientos fueron presentados originalmente, así como a las modificatorias.

En relación con la inscripción de prestadores, la autoridad sanitaria estima necesario ajustar varios elementos como las condiciones que deben cumplir para su entrada y permanencia en el Sistema Único de Habilitación del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud — SOGCS

 Desabastecimiento y Desinformacion

Las informaciones sobre desabastecimiento o escasez de medicamentos difundidas a través de algunos medios de comunicación, han pasado por alto algunos elementos esenciales para un análisis más preciso sobre la realidad del país y para evitar el miedo y la incertidumbre ciudadana. Con este propósito, el Ministerio de Salud y Protección Social pone en conocimiento de la ciudadanía el informe de la gestión realizada desde esta cartera, en coordinación con el INVIMA, para enfrentar el tema en mención.

Minsalud destinará $3.5 billones para mejoramiento de hospitales públicos

Durante una audiencia pública realizada en la sede de la Universidad del Tolima, el Ministerio de Salud (Minsalud) anunció que destinará $3.5 billones para fortalecer varios hospitales públicos del país, monto del que la cartera sanitaria asumirá la deuda con vigencias futuras.

“Entes territoriales asumirían funciones de las EPS” – Procuraduría

La Procuraduría General de la Nación (PGN) emitió una advertencia dirigida a los entes territoriales sobre la carga que deberán asumir tras las reforma a la salud, ya que les serían asignadas varias labores que hoy están en manos de las EPS.

Hay consenso sobre la reforma a la salud: el sistema sería mixto

Se conoció que el presidente Gustavo Petro llegó a un acuerdo sobre la reforma a la salud con dos de los partidos políticos, De la U y Conservador, días después de entregarle una contrapropuesta realizada en colectivo con el Partido Liberal. Así lo anunciaron el presidente Gustavo Petro, Dilian Francisca Toro y Efraín Cepeda en declaraciones a medios de comunicación.

Abren investigación al Minsalud y el Invima por desabastecimiento de medicamentos

Ante la reciente alerta de las EPS sobre el desabastecimiento de medicamentos y pese a la respuesta del Minsalud sobre el tema, la Procuraduría General de la Nación advirtió sobre el posible incremento de la morbimortalidad en el territorio nacional como consecuencia de este fenómeno.

El formato hace parte del anexo de esta resolución, pero también podrá encontrarse en el enlace http://url.minsalud.qov.co/facturacion-electronica y deberá ser adoptado obligatoriamente por los facturadores electrónicos del sector salud a partir del 1 de enero de 2023 (el plazo en el proyecto de resolución era mediados de este año) , lo que quiere decir, que estas entidades tendrán esa fecha como límite para realizar la adecuación de sus sistemas de información para cumplir con las disposiciones de esta norma.

Cabe mencionar, que lo reglamentado aquí debe ser acogido por las IPS, las EPS de cualquier régimen incluyendo el de excepción, las entidades que deban entregar datos del RIPS, las empresas de SOAT y aquellas que oferten planes voluntarios de salud y también la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES (los eventos en que sea obligada a efectuar el pago, la ADRES podrá tenerse en cuenta como otro pagador).

¿Dónde puedo descargar el Certificado Digital de Vacunación?

Se puede descargar en www.mivacuna.sispro.gov.co

Cabe mencionar que la factura electrónica de venta con validación previa, su documento equivalente (tiquete de máquina registradora con sistema — Point of Sale POS.), las notas crédito o notas débito y los demás instrumentos electrónicos, trasmitidos con el documento electrónico de validación a la entidad responsable de pago u otro pagador, deberán enviarse al Ministerio de Salud en los términos y condiciones técnicas establecidos en el artículo 4 de la Ley 1966 de 2019, para efectos de la trazabilidad de la factura de venta de los servicios y tecnologías de salud.

Fuentes de información para diligenciar la factura electrónica de venta en salud

La fuente de información para el diligenciamiento de los campos de datos adicionales del sector salud en el formato XML, será el RIPS y también los acuerdos de voluntades suscritos entre los facturadores electrónicos y las EPS, entidades adaptadas, ARL en el componente salud, secretarias de salud del orden departamental, distrital o municipal, compañías de seguros autorizadas para ofrecer el SOAT, entidades que ofrecen planes voluntarios de salud y demás pagadores.

Una vez validada la factura electrónica de venta, en lo que corresponde a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales— DIAN, ésta deberá ser presentada por los facturadores electrónicos junto con el RIPS anexando los soportes establecidos en una sola entrega, a las entidades responsables de pago o a los demás pagadores.

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En el mismo momento, los facturadores electrónicos remitirán al Ministerio de Salud la factura electrónica de venta junto con los RIPS en los términos y condiciones que este defina. La información que se diligenciará en el anexo debe ser consistente con la representación gráfica de la factura de venta y con la información reportada en el mencionado registro como soporte de esta.

No obstante, sino hay un acuerdo de voluntades las entidades responsables de pago deberán suministrar la información que les sea requerida por los facturadores electrónicos del sector salud para diligenciar los campos adicionales. Es preciso decir que los campos no podrán ser modificados, ni se podrá exigir información adicional a la establecida a menos que los órganos de vigilancia y control determinen que debe haber información adicional en casos específicos.

Radicación de la factura electrónica de venta del sector salud

Los facturadores electrónicos del sector salud disponen de 22 días hábiles, contados a partir de la fecha de expedición de la factura electrónica de venta con validación previa de la DIAN, para la radicación ante las entidades responsables de pago o demás pagadores, de la factura, el RIPS y los demás soportes determinados en la normatividad vigente. (en el proyecto de resolución era de 30 días hábiles el plazo)

Una vez entregados dichos documentos, la entidad responsable de pago o demás pagadores generará el número único de radicación con fecha y hora, momento a partir del cual se entenderá radicada, procediendo el trámite de la misma en el plazo establecido en la Ley. Dichos datos serán informados al facturador electrónico del sector salud conforme con el mecanismo establecido por las partes y al Ministerio de Salud a través del mecanismo que este determine.

Proyecto de Inversión Social del Gobierno Nacional

El facturador electrónico del sector salud podrá anular la factura cuando no se haya realizado la radicación dentro del plazo previsto, procediendo la expedición de una nueva factura para el cobro de los servicios y tecnologías prestados.

Cabe resaltar que en los acuerdos de voluntades en los que se haya pactado la modalidad de pago por capitación, la expedición y entrega de la primera factura electrónica de venta se hará sin el RIPS. Para la expedición de la segunda factura será requisito haber entregado a la entidad responsable de pago o demás pagadores, los RIPS y demás soportes de la primera factura procediendo su radicación, y para la expedición de las siguientes, dichos registros y demás soportes de la factura anterior.

Las entidades responsables de pago y los facturadores electrónicos deberán contar con procesos automatizados y en línea, que contengan la trazabilidad cronológica de la transferencia de información y el acuse de recibido de esta, en los términos de la Ley 527 de 1999 o la que norma la modifique o sustituya.

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