Con este reconocimiento se amplían los pagos a estas entidades por los servicios prestados en 2020

Mediante la Resolución 1576 de 2021, el Ministerio de Salud dispuso cerca de 215.000 millones de pesos para el pago por disponibilidad de camas en las Unidades de Cuidado Intermedio e Intensivo que hayan habilitado, tanto IPS públicas como privadas, para la atención de la emergencia del COVID-19 en el periodo de enero a abril de este año.

La viceministra de Protección Social, María Andrea Godoy, indicó el procedimiento que deben realizar las IPS para efectuar el pago de este sostenimiento, “deberán registrar la información ante la ADRES, la cual habilitará las respectivas ventanas de radicación para el pago a partir del 25 de octubre”, mencionó.
Según cifras del Ministerio de Salud, en 2020 se reconocieron 463.490 millones pagados por este mismo concepto a 388 IPS del país.
Replicando lo publicado por el Centro de Estudios Regulatorios, que recoge los proncipales puntos de la resolución:
Se establece el pago por disponibilidad de camas de cuidados intensivos e intermedios para los meses de enero a abril de 2021
La presente resolución establece el pago por disponibilidad de camas de cuidados intensivos e intermedios por parte de la ADRES a las IPS con servicios de cuidados intensivos e intermedios habilitados para los meses de enero a abril de 2021. De su contenido se destaca:

El pago se reconocerá siempre que: (i) se haya superado el 30% de disponibilidad en cada servicio por cada sede y cada día dentro del período de reconocimiento; (ii) tales servicios hayan estado disponibles para ese propósito y, (iii) el reporte de ocupación se haya realizado en el REPS.
IPS deberán remitir certificación firmada dentro de los 3 primeros días calendario de cada mes, en la que conste el número de camas habilitadas disponibles de las unidades de cuidado intensivo e intermedio del mes objeto de reconocimiento, identificando la disponibilidad diaria y total por mes.
IPS deberán adelantar previamente los trámites de inscripción de las cuentas bancarias a las cuales se realizará el desembolso.
IPS deberán destinar recursos para financiar el mantenimiento de la disponibilidad del servicio, incluyendo todos los costos para su sostenibilidad en el tiempo.
Para legalizar el pago por disponibilidad el representante legal de la IPS debe certificar el pago de los gastos asociados a la nómina o de la remuneración del Talento Humano en Salud disponible de las unidades de cuidado intensivo e intermedio requeridos para la atención del COVID-19.
Si quieres conocer el detalle del texto de la resolución 1576 del Ministerio de Salud, puedes consultarlo en este link
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